• March 28, 2024

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Más de la Acción Ejecutiva…

Con el fin de que la comunidad, sobre todo, de aquellos inmigrantes que se pueden beneficiar de esta medida, les proporcionamos mayor información que puede ser de gran ayuda.

¿Quién se beneficia?
* Los inmigrantes indocumentados que han estado al menos cinco años en Estados Unidos de manera ininterrumpida y tienen hijos ciudadanos estadounidenses o residentes legales permanentes.
* Indocumentados que entraron a Estados Unidos antes de cumplir 16 años de edad (Dreamers) que están en el país desde antes del 1 de enero de 2010 de forma ininterrumpida no importando la edad.

¿Cuáles son los requisitos?
* Demostrar que cumplen con la fecha de permanencia.
* Demostrar que son padres de hijos ciudadanos o residentes legales permanentes y llevan al menos cinco años en el país de manera ininterrumpida.
* En el caso de los “dreamers”, demostrar que entró al país antes de cumplir 16 años y está en el país desde antes del 1 de enero de 2010.
* Carecer de antecedentes criminales.
* Pagar una cuota o multa. El gobierno anunciará el monto cuando publique el reglamento.

¿Qué otorga esta acción ejecutiva?
Los beneficios de la acción ejecutiva se limitan a:
* Frenar temporalmente la deportación.
* Obtener un permiso de trabajo.
Estos beneficios se extenderán por un periodo de tres años, renovables. Un nuevo presidente la podría derogar antes con otra acción ejecutiva.

¿Quiénes no califican?
Las personas que ingresaron por primera vez al país después del 1 de enero de 2010, porque no podrán demostrar los cinco años de permanencia ininterrumpida en Estados Unidos. Tampoco califican aquellos que tengan más de cinco años de permanencia en el país pero no tengan hijos ciudadanos o residentes legales permanentes. Tampoco quienes hayan violado la ley. La USCIS hará una cuidadosa verificación de antecedentes criminales antes de otorgar el beneficio de la protección de la deportación y el permiso de trabajo.

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